Se ha publicado en el BOE la Orden ECC/1051/2013, de 7 de junio (BOE n.º 139, de 11 de junio), que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2013-2016, que incluye los objetivos y principios de gestión básicos de las actuaciones que la integran. El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación para el periodo 2013-2016 (en adelante, Plan Estatal I+D+I), aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 1 de febrero de 2013, contempla cuatro Programas Estatales, desplegados en Subprogramas, y dos Acciones Estratégicas que se integran en el cuarto de los programas identificados: el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad. El primero de los retos que se señalan es el Reto en Salud, Cambio Demográfico y Bienestar, dentro del cual, como acción programática de carácter específico se incluye la Acción Estratégica en Salud 2013-2016, que tiene como finalidad contribuir a fomentar la salud y el bienestar de la ciudadanía y a desarrollar los aspectos preventivos, diagnósticos, curativos, rehabilitadores y paliativos de la enfermedad, reforzando e incrementando para ello la competitividad internacional de la I+D+I del Sistema Nacional de Salud (en adelante SNS) y de las empresas relacionadas con el sector, con la vocación de situar a España en un escenario de vanguardia en el que la salud actúe como eje fundamental de desarrollo económico y social. Para dar cumplimiento a los objetivos mencionados, la Acción Estratégica en Salud 2014 (en adelante AES) propone un conjunto de actuaciones instrumentales sinérgicas y complementarias que se encuadran en los Subprogramas Estatales de Formación, Incorporación y Movilidad, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y en el Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia. Cada uno de los subprogramas se articula a través de una o varias actuaciones. Las ayudas consistirán en subvenciones, con cargo a las consignaciones presupuestarias que se asignen al Instituto de Salud Carlos III (en adelante ISCIII) en los Presupuestos Generales del Estado, y podrán estar cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (en adelante FEDER) y al Fondo Social Europeo, según las zonas que se determinen en su caso. |
Más información: http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/10/pdfs/BOE-A-2014-6169.pdf |